Cuaderno ATA

Producción extranjera

CUADERNO-ATA

CUADERNO ATA, UN INCENTIVO MÁS EN MÉXICO PARA LA PRODUCCIÓN AUDIOVISUAL EXTRANJERA

Desde el 16 de mayo de 2011, México puso en marcha la importación de equipo profesional bajo la modalidad conocida como Cuaderno ATA, documento internacional de Aduana aceptado por los países miembros de la Organización Mundial de Aduanas (OMA), bajo un esquema libre de impuestos basado en el principio de importación o exportación temporal, es decir, es un “Pasaporte de mercancías” para una lista determinada de bienes.
Este mecanismo es un incentivo más a la producción audiovisual extranjera, con ella se podrán realizar las siguientes operaciones:
1. Importaciones y exportaciones temporales de mercancía destinada a convenciones y congresos internacionales; equipo profesional que incluye el utilizado por la industria audiovisual; muestras y muestrarios; realizadas por residentes en el extranjero, sin establecimiento permanente en México.
2. Las mercancías que se importen o exporten temporalmente al amparo de Cuaderno ATA, podrán permanecer en territorio nacional durante los siguientes plazos:

• Tratándose de equipo profesional.- Seis meses
• Muestras o muestrarios.- Seis meses
• Mercancía destinada a convenciones y congresos internacionales.- Seis meses

Para que los extranjeros obtengan el Cuaderno ATA (que por sus iniciales son un acrónimo de las palabras en francés e inglés “Admission Temporaire/Temporary Admission”) es necesario que acudan con la autoridad correspondiente en su país de origen, y registrar el Cuaderno antes de ingresar a México ante la Cámara de Comercio de la Cuidad de México en la página www.camaradecomerciodemexico.com.mx/ata/. Si no se hace el registro, la mercancía no podrá entrar al país.

Es importante recalcar que la mercancía que puede entrar bajo esta modalidad es, básicamente, equipo de cámara, tramoya, eléctrico, sonido, decoración, utilería, vestuario. Todo lo que necesite permisos adicionales de otras dependencias como SEDENA (Armas y explosivos); SAGARPA (animales vivos o disecados); SEMARNAT (plantas y flores en general, madera, semillas, cultivos, etc. y cualquier artículo hecho con estos materiales, como canastas o muebles); o el propio SAT (vehículos), deberá entrar al país como importación temporal mediante un Pedimento, pagando los impuestos correspondientes y contratando un agente aduanal que pueda realizar todo el trámite de la importación.
Para mayor información consultar la página: www.carnet-ata.org
A nivel internacional: www.atacarnet.com/international-film-commissions

 

 

CONTACTO

Lic. Karen Aragón Cruz
Directora de Comercio Internacional / Director of International Trade
Cámara de Comercio de la Cd. de México (CANACO) / Mexico City National Chamber of Commerce
Tel. (52-55) 36 85 22 69 Ext. 1301
karagonc@camaradecomerciodemexico.com.mx
http://carnet-ata.org/

Version: Inglés

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